Esta práctica no solo puede derivar en sanciones de hasta 1.000.000 €, sino que también implica responsabilidad solidaria para las inmobiliarias que facilitan dichas colaboraciones.
Esto significa que la inmobiliaria puede enfrentarse a las mismas sanciones que el intermediario no regulado, poniendo en riesgo su estabilidad económica y reputación.
Como ejemplo, un caso reciente ilustra la gravedad de este asunto:
– Una empresa de Vizcaya fue multada con 400.000 euros por usar denominaciones reservadas a entidades de crédito sin estar debidamente autorizada.
– Además su administrador único, recibió una multa adicional de 40.000 euros por su implicación directa en estas actividades.
(Sentencia de Marzo de 2024)
Este caso subraya que las autoridades no toleran actividades que violen la Ley Hipotecaria de 2019, y las consecuencias pueden ser devastadoras para todas las partes involucradas.
Sin embargo, el riesgo no se limita únicamente a trabajar con empresas no registradas. Incluso colaborar con una empresa homologada puede suponer un problema si esta no cumple con el resto de las obligaciones establecidas por la Ley Hipotecaria. Fallos como la falta de actualización en los requisitos de inscripción, incumplimiento de normativas de transparencia o malas prácticas pueden ser considerados infracciones graves o muy graves.
En estos casos, la inmobiliaria también puede ser considerada solidaria en las sanciones impuestas al intermediario, lo que subraya la importancia de trabajar no solo con empresas registradas, sino con aquellas que sean de fiar y cumplan con todos los estándares legales y éticos.
La obligatoriedad de la inscripción en el Banco de España
La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, establece que solo las personas y entidades inscritas en el registro del Banco de España pueden ejercer actividades de intermediación hipotecaria.
Esta normativa garantiza que los intermediarios cumplen con estrictos requisitos legales y profesionales para proteger a los consumidores.
Artículos clave de la Ley Hipotecaria
– Artículo 27: Obliga a que todos los intermediarios estén inscritos en el Banco de España.
– Artículo 29: Exige requisitos como solvencia económica, seguros de responsabilidad civil y formación técnica adecuada.
– Artículo 46: Define como infracción muy grave la actividad de intermediación sin la inscripción obligatoria.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de la Ley Hipotecaria conlleva severas sanciones, incluyendo:
1. Multas económicas:
– Hasta 1.000.000 euros para infracciones muy graves.
– Hasta 500.000 euros para infracciones graves.
2. Inhabilitación profesional:
– Pérdida del derecho a ejercer la actividad por un periodo de hasta 10 años.
3. Repercusión penal:
– En casos de fraude o perjuicio a clientes, las personas involucradas pueden enfrentar sanciones penales, incluidas penas de prisión.
Riesgos para las inmobiliarias
Colaborar con intermediarios no inscritos tiene implicaciones directas para las inmobiliarias, que pueden ser consideradas corresponsables de los daños causados:
1. Responsabilidad solidaria:
Si una inmobiliaria recomienda o pone en contacto a un cliente con un intermediario no regulado, puede ser considerada responsable solidaria. Esto significa que la inmobiliaria podría enfrentarse a las mismas sanciones económicas y legales que el intermediario.
2. Sanciones administrativas:
Además de las multas impuestas a los intermediarios, las inmobiliarias pueden ser objeto de sanciones adicionales por fomentar estas prácticas ilegales.
3. Daño a la reputación:
Colaborar con intermediarios no regulados proyecta una imagen de falta de profesionalidad y puede llevar a la pérdida de confianza por parte de los clientes y del sector.
Cómo protegerse
Para evitar sanciones y proteger tanto a la inmobiliaria como a los clientes, es esencial implementar buenas prácticas:
1. Verificar registros oficiales: Asegúrate de que todos los intermediarios estén inscritos en el Banco de España.
2. Colaborar únicamente con empresas homologadas: Exige evidencia de cumplimiento normativo.
3. Capacitar al personal: Forma a tus empleados para identificar intermediarios no autorizados.
4. Implementar cláusulas contractuales: Añade disposiciones en los acuerdos que obliguen a los intermediarios a cumplir con la normativa vigente.
Conclusión
La Ley Hipotecaria de 2019 no deja lugar a dudas: trabajar con intermediarios no registrados es ilegal y conlleva sanciones económicas y legales severas para todas las partes involucradas.
Para las inmobiliarias, estas prácticas representan un peligro tangible que puede afectar gravemente su negocio.
¿Tienes dudas sobre cómo verificar a tus colaboradores? Consulta el Registro del Banco de España o busca asesoramiento legal para garantizar que tu empresa opera dentro del marco normativo.
Evitar el intrusismo no solo protege a los clientes, sino que también preserva la profesionalidad y la integridad del sector inmobiliario. ¡Asegúrate de hacer las cosas bien y contribuye a un mercado más seguro y transparente!
En Hipotea somos conscientes de la importancia de cumplir con la normativa vigente. Por ello, fuimos la prinera empresa en obtener la homologación por parte del Banco de España, garantizando así la máxima transparencia y seguridad para nuestros clientes y colaboradores.